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Ser una Empresa que Acoge

Tu empresa puede facilitar que sus colaboradores se conviertan en familia de acogida: informándolos, acompañándolos y creando las condiciones para que sea posible.
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Tu empresa puede ser el factor de cambio que Chile necesita.

Muchas personas considerarían ser familia de acogida si tuvieran las condiciones adecuadas. El principal obstáculo no es la falta de voluntad, sino la falta de información, apoyo y flexibilidad laboral para hacerlo posible.

 

Las empresas son el entorno donde los adultos en edad de acoger pasan la mayor parte de su día. Cuando una empresa facilita el acogimiento, convierte una intención en una acción concreta. Y esa acción puede cambiar para siempre la vida de un niño.

¿Cómo obtener el sello Empresa que Acoge?

Para obtenerlo, la empresa se  compromete con 3 requisitos:

Requisito 1

  Promover activamente el acogimiento 

Informar y sensibilizar a tus equipos.

La empresa se compromete a que todos sus colaboradores conozcan qué es el acogimiento familiar y sepan que pueden postularse como familias de acogida. Esto incluye:

  • Difundir activamente la información sobre acogimiento a través de canales internos (correo, intranet, cartelería, reuniones de equipo).

  • Realizar al menos una charla o instancia de sensibilización al año

  • Comunicar con claridad los beneficios laborales a los que pueden acceder los colaboradores que acogen un niño o niña.

Requisito 2

Facilitar el acceso a beneficios laborales

Garantizar los derechos laborales que ya existen.

En Chile, el Dictamen 168/15 reconoce 11 derechos laborales fundamentales para trabajadores que son familia de acogida. La empresa se compromete a respetar estos derechos, darlos a conocer y facilitar activamente su ejercicio sin trabas administrativas.

requisito 3

Ofrecer al menos  un beneficio adicional

Ir un paso más allá de la ley.

La empresa debe ofrecer al menos un beneficio adicional a lo establecido por ley para sus colaboradores que acogen. Este beneficio puede tomar diversas formas, como por ejemplo:

  • Días adicionales con goce de sueldo para trámites y adaptación inicial.

  • Un bono complementario mensual durante el periodo de acogimiento.

  • Flexibilidad horaria adicional para citas médicas, instancias del proceso FAE u otras necesidades derivadas del acogimiento.

  • Subsidio o apoyo para sala cuna adicional al que exige la ley.

Los 11 derechos laborales de las familias de acogida en Chile

Según el Dictamen 168/15 de la Dirección del Trabajo, los trabajadores que son familia de acogida tienen acceso a los siguientes derechos:

  • Las familias de acogida trabajadoras pueden acceder a 12 semanas de postnatal parental con subsidio. Si el niño o niña tiene menos de 6 meses al momento del acogimiento, también pueden acceder previamente a un permiso adicional.

  • En Chile, el Dictamen 168/15 reconoce 11 derechos laborales fundamentales para trabajadores que son familia de acogida. La empresa se compromete a respetar estos derechos, darlos a conocer y facilitar activamente su ejercicio sin trabas administrativas.

  • Permiso de al menos una hora diaria para alimentar al niño o niña en acogimiento, cuando este tenga menos de 2 años.

  • Permiso laboral con subsidio cuando el niño o niña, menor de un año, requiera cuidado por enfermedad grave.

  • Permite ausentarse del trabajo por hasta 10 jornadas al año cuando el niño, niña o adolescente mayor de un año haya sufrido un accidente grave o sufra una enfermedad terminal con riesgo vital.

  • Concede días de ausencia justificada —pagada por subsidio a cargo del seguro de la Ley SANNA— para el acompañamiento del niño o niña que padezca condiciones graves de salud.

  • Otorga permiso para ausentarse del trabajo ante emergencias escolares de niños, niñas o adolescentes con Trastorno del Espectro Autista.

  • Las familias de acogida trabajadoras que cuiden a un niño, niña o adolescente menor de 14 años tienen derecho preferente a su feriado anual durante el período de vacaciones escolares.

  • Posibilidad de solicitar cambios temporales en turnos o distribución de la jornada durante vacaciones escolares, siempre que la naturaleza del trabajo lo permita.

  • El empleador debe ofrecer la posibilidad de que toda o parte de la jornada laboral sea desarrollada bajo modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, cuando la naturaleza de las funciones lo permita.

  • Derecho a una banda de flexibilidad de hasta 2 horas para adelantar o retrasar el inicio de la jornada laboral cuando se cuida a niños o niñas de hasta 12 años.

Proceso de adhesión

Sumarse a Empresas que Acogen es simple:

01

Conversación inicial

Reunión con el equipo de Fundación Ilumina para conocer el programa, resolver dudas y evaluar qué beneficios puede ofrecer la empresa

02

Definición de compromisos

Se acuerdan los beneficios adicionales que la empresa ofrecerá a sus colaboradores que acogen, más allá de lo que exige la ley.

03

Formalización

La empresa suscribe su adhesión y compromete las acciones de difusión del acogimiento

04

Implementación

La empresa realiza las acciones de difusiòn entre sus colaboradores. Empresas que acogen puede apoyar con material de difusiòn y charlas para colaboradores.

05

Presentación de antecedentes

La empresa acredita el cumplimiento de los requisitos comprometidos y entrega los antecedentes que lo demuestran.

07

Revisión y aprobación

Empresas que Acogen evalúa los antecedentes presentados y aprueba la adhesión de la empresa antes de otorgar el sello.

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¿Tu empresa quiere marcar
una diferencia real?

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